dimarts, 4 de juny del 2013

Crisis institucional


El 4 de febrero de 2013, el Financial Times publicó un editorial donde afirmaba que en España, mientras todavía permanece la crisis económica, la mayoría de las «instituciones, desde la monarquía hasta la justicia, muestran síntomas de putrefacción»

Cortes Generales

La constitución española de 1978 definió España como una democracia representativa conlistas cerradas, donde el pueblo elige un partido, y el Congreso de los Diputados elige al presidente. La ciudadanía dispone de la iniciativa legislativa popular como herramienta democrática entre cada legislatura. Desde 1978, se han presentado 92 iniciativas, donde no ha prosperado ninguna.

Senado

Políticos, analístas políticos y académicos ven en el Senado una cámara que no ejerce en la práctica una función útil, ya que para casi todas sus funciones el Congreso es el que acaba decidiendo y las pocas funciones exclusivas no se han usado. Existen llamadas a reformar el Senado para que sea un órgano que dé relevancia a las regiones,otras a eliminarlo. Cualquier reforma necesitaría de un cambio en la Constitución.

Sistema electoral

La Iglesia Católica en España ha sido criticada por la exención de no pagar impuestos como el IBI, de esta exención también se benefician comisarías, colegios, cuarteles, prisiones, los edificios de la Cruz Roja, las embajadas... , asi como, los edificios que son patrimonio histórico. Al no pagar el IBI de las cerca de 100.000 propiedades que posee en España, según el historiador Stanley George Payne, de las que 5.000 son edificios religiosos, (en torno al 80% del patrimonio artístico de España es propiedad de la Iglesia, que también dispone de 300 museos y 103 catedrales) la iglesia no paga al Estado alrededor de 3.000 millones cada año.

Monarquía

Actualmente, el yerno del Rey de España, Iñaki Urdangarín, está siendo investigado por la justicia en el Caso Nóos. Se encuentran imputados todos los miembros de la Junta Directiva del Instituto Nóos excepto la infanta Cristina, hija del Rey de España.La monarquía ha recibido otras críticas con respecto a la opacidad del presupuesto de la Casa Real, entre otras.
 La persona del Rey de España es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.

Medios de comunicación públicos

La Constitución apunta al control político, de forma que no son independientes:
La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado [...]
·                    RTVE: sus consejeros son elegidos por el Congreso (Ley 17/2006).
·                    Agencia EFE: Empresa cuyo accionista mayoritario es la SEPI estatal. El presidente de la SEPI es nombrado por el Gobierno.
·                    Televisiones Autonómicas: controladas por cada Gobierno Autonómico.

Separación de poderes

El Parlamento elige por mayoría al Presidente, y este al Gobierno. Las leyes se aprueban con mayoría del Parlamento.
Se ha criticado que no existe separación de poderes, ya que instituciones del Poder Judicial, sus miembros son elegidos por el Poder legislativo: Ministerio Fiscal de España, Consejo General de Poder Judicial,Tribunal Constitucional En España no hay separación de los cuatro poderes de un Estado moderno (Poder Judicial y Fiscalizador, Medios de Comunicación de Masas Públicos, Legislativo y Gobierno). Tienen “autonomía funcional” pero son elegidos por el Poder Político.

Poder Judicial y Fiscalizador

·                    Ministerio Fiscal de España: el Gobierno elige al Fiscal General del Estado, que reparte y retira asuntos en el Ministerio Fiscal de España.
·                    Consejo General de Poder Judicial (disciplinadores y gobernantes de los Jueces): elegido por 3/5 del Congreso y 3 /5 del Senado.
·                    Tribunal de Cuentas de España (supervisa todos los gastos estatales y de los partidos): elegido por 3/5 del Congreso y 3 /5 del Senado.
·                    Tribunal Constitucional de España: 12 miembros. 8 elegidos por 3 /5 del Congreso y 3/5 del Senado. 2 los elige el Gobierno y 2 más el CGPJ.



Cap comentari:

Publica un comentari a l'entrada